En la
resolución se prevé la garantía que cubre el pago de las contribuciones
LIBERTAD,
TIJUANA, MAYO/19/2016.- El pasado 10 de mayo se publicó la resolución
que modifica la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de
contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público (SHCP), dentro de la cual se encuentran el
sector textil y de calzado.
Así lo dio a conocer el director de la firma TLC Asociados, Octavio de la Torre de Stéffano, quien detalló que en la resolución se prevé la garantía que cubre el pago de las contribuciones a que puedan estar sujetas las mercancías de comercio exterior con motivo de su importación en definitiva, con el objeto de combatir los efectos de la subvaluación de las mismas.
Así lo dio a conocer el director de la firma TLC Asociados, Octavio de la Torre de Stéffano, quien detalló que en la resolución se prevé la garantía que cubre el pago de las contribuciones a que puedan estar sujetas las mercancías de comercio exterior con motivo de su importación en definitiva, con el objeto de combatir los efectos de la subvaluación de las mismas.
Agregó que con esto se actualiza el Anexo 4 de la resolución publicada en 1994
y sus posteriores modificaciones y la cual entrará en vigor el 1 de junio d
este año, impactando a los capítulos 51 al 63
de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de
Exportación (TIGIE).
"Los importadores del sector textil y
calzado deben de cumplir con diversas barreras no arancelarias, entre las que
destacan estar inscritos ante el SAT en el padrón general de importadores y
padrón sectorial, solicitar por cada mercancía que pretendan importar un
permiso automático de importación ante la Secretaria de Economía,
pero este permiso deberá de solicitarse únicamente cuando el precio unitario de
las mercancías sea inferior a los precios estimados publicados por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público", dijo.
El director de TLC Asociados explicó que un
precio estimado es aquella referencia en valor que determina la SHCP, por lo
que los importadores deben de garantizar las contribuciones que se causarían
por la diferencia entre el valor en aduana declarado por el importador y el
precio estimado por la autoridad fiscal.
"Esta situación toma importancia al
ampliarse de 730 fracciones arancelarias que implican varios productos del
sector textil y vestido a la cantidad de mil 142 fracciones arancelarias
correspondiéndole 662 al textil y 480 vestido", indicó.
Añadió que en lo que va del 2016, se han creado
y eliminado fracciones arancelarias en fechas conmemorativas, el 6 de enero se
publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que modifica el
TIGIE y que representa cambios para el sector de calzado en el capítulo 64 de
la Tarifa, a una tasa del 10, 20, 25, 30% de forma general, asimismo se crearon
87 fracciones arancelarias, se suprimieron 22 y se modificó el texto de 11.
De la Torre de Stéffano precisó que el 10 de
mayo de 2016 se publicó en el DOF una nueva modificación al TIGIE que
representa 139 creaciones de fracciones arancelarias, una modificación en la
unidad de medida y 39 fracciones arancelarias eliminadas; estas modificaciones
son en los capítulos 52 al 63 de los sectores textil y confección, así como con
la adición de notas aclaratorias al capítulo 62.
Cabe señalar que en las notas aclaratorias se
precisan diferencias que no existían en el capítulo 62 en las prendas de vestir
entre niñas y mujeres, y niños y hombres, estableciendo medidas
específicas para cada una; además, las mercancías con aranceles que van del 20,
25 y 30% entrarán en vigor el 1 de junio del 2016.
"Con las presentes modificaciones, el
sector textil y el de calzado debe de garantizar seguramente un porcentaje de
precios estimados que antes no consideraban, además del pago del arancel e IVA
correspondiente", concluyó el director de TLC Asociados.
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