* En septiembre y octubre las Notarías cobran a 600 pesos ese trámite, y en convenio con el Gobierno del Estado no se cobran derechos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio
Libertad, ANPAC, TIJUANA, 22 de septiembre de 2015.- Luego de confirmar que en el transcurso de lo que queda de este mes de septiembre y todo octubre se reduce al 50 por ciento el costo del Testamento Público Abierto, el Notario Público Número 3, licenciado Xavier Ibáñez Veramendi, advierte que aproximadamente entre el 35 y 45 por ciento de la población en Tijuana no han hecho su testamento.
Precisó que durante estos dos meses las Notarías cobran a 600 pesos ese trámite, y en convenio con el Gobierno del Estado no se cobran derechos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.
De lo anterior se desprendió que ha desaparecido el concepto de “Testamento Ológrafo”, ya que en las Reformas que decretó el Congreso del Estado a la Ley del Notariado, al Código Civil y a la Ley de Hacienda Estatal, los legisladores acordaron que no tenía caso ya sostener las clasificaciones de “testamento ológrafo”, “testamento urgente”, “especial”, “militar”, “marítimo”, “espacial” y el “hecho en país extranjero”; por lo tanto se determinó que todos esos, al final de cuentas son “testamento”, y ya, y en todo caso se quedan en solamente testamento público abierto.
De esa manera es como desapareció aquello del “mes del testamento ológrafo”, para quedarse como “mes del testamento público abierto”, y solamente los Notarios Públicos son los que están facultados para expedirlos, de acuerdo con las Reformas legislativas mencionadas.
Sin embargo, aclara el licenciado Ibáñez Veramendi, contrario a lo que la gente piensa, eso no encarece el costo del trámite, sino que por el contrario, lo mantiene en precios accesibles y, a la larga, mucho más barato que el famoso “testamento ológrafo”, pues ahora ya no queda al libre albedrío y redacción del testador, sino que la redacción la hacen los notarios, como profesionales en la materia, y por supuesto, con el visto bueno del testador, pero con la gran ventaja de que habrá mayor certeza y efectividad en la aplicación de la voluntad de quien asienta el documento para la sucesión correspondiente.
Para ilustrarlo, el Notario Público Número 3 puso como ejemplo que el testamento ológrafo se escribía a puño y letra por la persona interesada, el testador, y éste redactaba muchas cosas que en realidad no pueden heredarse jurídicamente, como es dejar el perro, el gato o la gallina, a tal o cual heredero (a); o alguna señora escribía que le heredaba su casa al marido, pero que cuando él se volviera a casar o “arrejuntar”, perdería la propiedad. Y en esto último hay que aclarar que, jurídicamente lo que se hereda, no puede quitarse, por lo tanto, está demás poner esa condición, o se la hereda o no se la hereda, y lo asigna a otra persona.
Por otra parte, en el Registro Público de la Propiedad el testamento ológrafo se quedaba en archivos con un sello, y se le entregaba a la persona una copia certificada también dentro de un sobre sellado, y si por alguna razón los sellos se rompían, o se abrían los sobres, el testamento dejaba de tener validez, ya que solamente pueden ser abiertos ante un juez.
Ahora, con las reformas de Ley, al redactar los testamentos los notarios públicos, se brinda mayor certeza, ya que se evitan redacciones “a la brava” y se evita imponerles más cargas a los juzgados civiles, además de los costos de abogados y vueltas de las personas interesadas en hacer valer esos testamentos.
“En estas promociones de septiembre y octubre, el Registro Público de la Propiedad cobraba 300 pesos, y nosotros cobramos 600, pero por 300 pesos de diferencia se evitan todos esos otros gastos y vueltas de un lado a otro”, comentó el licenciado Xavier Ibáñez, para enfatizar que no hay un encarecimiento del servicio, y que no fue perjudicial la reforma decretada por los diputados de la XXI Legislatura Estatal.
Asimismo, subrayó la importancia de que toda persona haga su testamento, desde los 16 años de edad hasta la etapa de la tercera edad, siempre y cuando esté lúcido, es decir, con sus capacidades cognitivas y de habla “al cien”; pues morir intestado también ocasiona muchos problemas para los familiares y quienes se consideran dignos sucesores de los bienes que dejan los que mueren. En esos casos, de hecho, los gastos y vueltas se multiplican, sin contar los pleitos que se generan entre todos los que se creen con derecho de “heredar”.
También informó el Notario Público Número 3 que se puede hacer testamento aunque no tenga algún bien o fortuna actualmente para dejarlos como herencia, pues para eso existe la opción de redactar testamento “a título de inventario”, es decir, que la persona asigna beneficiarios de lo que quede como propiedad suya y cuentas activas al momento de que muera.
Muchas otras inquietudes aclaró el Notario Público, y entre ellos, respondió a cuestionamientos como el de los derechos que tiene el licenciado Juan Manuel Gastélum Buenrostro, hoy ex Diputado Federal y aspirante a la Alcaldía de Tijuana, para ser Notario Público; al respecto, Xavier Ibáñez Veramendi confirmó que Gastélum Buenrostro hizo sus prácticas y calificó para ocupar una Notaría Pública; “tiene la capacidad para serlo, pero parece que no quiere comprometerse en eso todavía; ya sabemos que tiene otros intereses, pero es una decisión muy personal de él; yo, al respecto, me mantengo al margen, prefiero no opinar”.
Entre muchas otras preguntas a las que contestó también está el de que las sucesiones a familiares en línea ascendente o descendente no causan impuestos, ni tampoco las herencias de viviendas a los hijos adoptados. Hubo mucho por saber, y quedó mucho en el tintero.
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