*El
riesgo recae en que las empresas reduzcan pago de horas extras a empleados,
incluso que recorten personal
Libertad, Tijuana, B.C., Enero 03 del
2020.-Tras la aprobación del
dictamen número 50 de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, que señala el
aumento del Impuesto Sobre Nómina (ISN), así como otros impuestos, se prevé una
afectación tanto para empleadores como para trabajadores en Baja California.
Así lo sentenció el abogado fiscalista Jorge Pickett
Corona, quien indicó que este impuesto estatal que grava la realización de
pagos de dinero por concepto de remuneración a los trabajadores en relación a
los patrones, ya sean personas físicas o morales empleadores quienes realicen
el pago.
"Este impuesto se calcula con el monto total de
los pagos realizados a los trabajadores, menos 8 veces el salario mínimo
general, en algunos países el salario mínimo general lo usan para hacer base
del cálculo", explicó.
De manera que, para el ISN, la tasa aumentó del 2.43%
al 3.00%, lo que trae aspectos negativos, afirmó Pickett Corona, puesto que, a
efectos del aumento, se puede poner en peligro la formalidad de los empleos.
Detalló que los empleadores deberán pagar sobre el
salario de sus trabajadores un máximo del 3.00%, sin mencionar la pérdida de
competitividad de los empleos en el estado a consecuencia, precisamente, de los
trabajos informales que surjan debido al pago del impuesto.
"Hacienda afirma que el aumento recaudatorio para
el 2020 será de un 26.64% a diferencia del 2019, pero a causa de que los
empleadores reduzcan a su personal, que haya menos producción por evitar el
pago de horas extras que afectan también a los trabajadores en sus ingresos, o
aún algo más grave, en el despido por evitar un pago de impuesto",
consideró.
Respecto del aumento de impuestos para este 2020,
agregó el abogado fiscalista, está el referente a casas de empeño, cuya cuota
es del 20%, la cual dependerá de la base del impuesto, la diferencia entre el
monto de avaluó que sirve de base para el otorgamiento del crédito de la prenda
y del monto de la emanación del impuesto que debe pagarse ante las oficinas de
recaudación de rentas en el estado.
Para los servicios de hospedaje, existen dos tipos de
servicios: una tasa del 5% para aquellos que presten hospedaje por medios
digitales, dijo, aumento que puede poner en peligro la contratación de
hospedaje, ya que en años anteriores no se pagaba impuesto por el servicio, así
como un 7% para hospedajes de moteles.
Sobre la venta de gasolina y los derivados del
petróleo, los que estarán sujetos de pagar el impuesto son aquellos que operen
y perciban un ingreso sobre venta de gasolina o derivados del petróleo, que en
el dictamen se estableció un 5% sobre la base de la venta del licuado de
petróleo, que es la mezcla de gases licuados presentes en el gas natural o
disueltos en el petróleo y derivados, y un 2.5% sobre la base de la venta de
gasolina y derivados.
"En definitiva, con los grandes cambios que ha
traído en puerta la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para este año
2020, tendrá inconformes a empleadores y empleados", finalizó Pickett
Corona.
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