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Tanto en escuelas públicas como en las particulares
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Tampoco deberá demeritar calificaciones
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Serán sancionados los planteles que violen esta disposición
Mexicali,
B.C., 14 de noviembre de 19.- Debido a la gran cantidad de casos en los
que estudiantes son regresados a sus casas por no llevar uniforme, sobre todo
porque se exige que tengan distintivos especiales, el diputado Julio César
Vázquez Castillo propuso una reforma a la ley educativa estatal, para que no
sea una condicionante.
La propuesta de
reforma a la Ley de Educación del Estado de Baja California, quedará
establecida como sigue:
“ARTICULO 8o.- La
educación que impartan los Gobiernos Estatal, Municipal, sus organismos
descentralizados y las personas físicas o morales particulares con autorización
o reconocimiento de validez oficial de estudios, constituyen un servicio
público, quienes tendrán prohibido negar el acceso a las escuelas, o afectar
las calificaciones del alumnado por la falta de adquisición de útiles
escolares, uniformes con distintivos especiales y demás objetos vinculados al
proceso de enseñanza o aprendizaje”.
“El incumplimiento
del párrafo anterior, será sancionado conforme al Capítulo de las Infracciones,
las Sanciones y el Recurso Administrativo, previsto en esta Ley”.
No obstante que
cada escuela tiene sus reglamentos internos, el propósito máximo de un lugar de
estudios académicos es que los estudiantes aprendan y se preparen para su
futura incorporación a la planta productiva, y en eso, nada interviene el uso o
desuso de uniformes, aclaró el legislador.
También aclaró que
están de acuerdo en que el uso de uniforme permite identificar a los
estudiantes, y es bueno que se imponga, pero no con las condiciones que
actualmente se exige, como son: una línea de determinado color en la orilla del cuello de
la camisa o blusa, o bien, en la manga, o líneas de determinado color y textura
al lado de los pantalones de los jóvenes, así como escudos propios de la
institución.
Esas exigencias, advirtió, provocan un
monopolio con determinados proveedores; pero, sobre todo, provocan que los
precios se eleven considerablemente, y los efectos repercuten en el bolsillo de
la economía familiar.
“Desafortunadamente,
los planteles educativos han tomado medidas drásticas con los alumnos que no
cuentan con los uniformes específicos, que han sido determinados por las
autoridades de dicha escuela, pues por no contar con ellos, o bien, porque no
cuentan con las especificaciones o detalles determinados por la escuela, a los
alumnos no se les permite acceder a sus clases, o bien, se les afectan sus
calificaciones, circunstancia que resulta preocupante”.
“Debemos dejar claro que, la finalidad
de la impartición de la educación, no debe depender de un uniforme, o de
ciertas características muy particulares del mismo, por el contrario, debemos
facilitar a los niños y jóvenes, como al bolsillo de las familias, mediante la
autorización de uso de uniformes sin mayor complejidad”, razonó el diputado
Julio Vázquez, en su exposición de motivos para la reforma citada.
Fue reiterativo en que a los estudiantes
no se les recrimine, ni afecte al niño o joven, la falta del uniforme con las
características tan particulares, y citó que situaciones como esas se han dado,
por ejemplo, en la Secundaria Número 61, ubicada en la Colonia Alemán, de la
ciudad de Tijuana.
Después de
advertir que hay casos extremos en los que niños y jóvenes dejan de estudiar,
para dedicarse a un empleo y contribuir con el gasto familiar, otros, los que
están cursando sus estudios, observó, son sacados por no llevar el uniforme con
las características especiales que le exigen, o le merman en su calificación.
“Es imprescindible
que los niños y jóvenes puedan iniciar y concluir sus estudios sin más
obligación que la de asistir, aprender y aprobar los exámenes correspondientes,
ya que es ahí, donde se inicia la preparación de los niños y jóvenes para que
en un futuro puedan incorporarse a la vida productiva y evitar que caigan en
las redes de las organizaciones criminales”, puntualizó.
Por todo lo
anterior, propuso la reforma referida al Artículo 8 de la Ley de Educación del
Estado, la cual fue turnada a la Comisión legislativa correspondiente.
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