· “Es un
compromiso de esta administración dar pasos firmes y contundentes en materia de
combate a la corrupción”: señaló el inicialista, gobernador Jaime Bonilla
Mexicali, B.
C., jueves 28 de noviembre de 2019.- El Pleno de la Vigésima
Tercera Legislatura local aprobó, con dispensa de trámite, por 19 votos a favor
y 2 en contra el dictamen 17 proveniente de la Comisión de Gobernación,
Legislación y Puntos Constitucionales, que contiene una iniciativa de decreto
propuesta por el Poder Ejecutivo del Estado, mediante la cual se crea la Ley
Orgánica de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de Baja
California (Lofeccbc).
En
su exposición de motivos, el gobernador Jaime Bonilla Valdez señaló “que es un compromiso de esta administración dar pasos firmes y
contundentes en materia de combate a la corrupción, para lo cual se requiere solventar
los vacíos jurídicos que anteriores administraciones dejaron en la construcción
del Sistema Estatal Anticorrupción, como es el caso de contar con el Marco
Jurídico de actuación de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción
del Estado de Baja California, que si bien fue creada por disposición
constitucional, no se creó la ley orgánica que regularía sus atribuciones”.
El documento fue leído en tribuna
por el diputado Juan Manuel Molina García, en su calidad de presidente de la
Comisión de gobernación. En la Lofeccbc aprobada este día se establece, entre otras cosas, que la Fiscalía
Especializada en Combate a la Corrupción será un órgano con autonomía técnica y
operativa, a cargo de un fiscal especializado en el tema, mismo que tendrá a su
cargo la investigación, prevención y persecución de los delitos por hechos de
corrupción previstos en el Código Penal del Estado y demás relativos.
Asimismo,
se inscribe que la Fiscalía estará integrada por un fiscal de Investigación y
Procedimientos Penales; agentes del Ministerio Público Especializados en
Combate a la Corrupción, así como por una Policía Investigadora de Delitos de
Corrupción y una Dirección de Peritos Especializados en Delitos de Corrupción.
En
la referida ley se dispone, además, que el Fiscal Especializado en Combate a la
Corrupción será designado por la mayoría calificada del Congreso del Estado de
entre la terna que envíe el gobernador, de conformidad con el procedimiento
dispuesto por la Constitución local.
En
los artículos transitorios se establece que esta ley entrará en vigor al día
siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado y que el proceso
de designación del Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción deberá iniciarse
al día siguiente de su publicación. Además, que por esta única ocasión el
Fiscal designado por el Congreso durará en su encargo 5 años.
Por otro lado, se inscribe que las
investigaciones en curso y el ejercicio de la acción penal en relación a actos
y/o hechos de corrupción tipificados en el Código Penal de Baja California que
se encuentren en proceso en el ámbito de la Fiscalía General del Estado,
continuarán en esa dependencia hasta que quede debidamente operando en su
totalidad la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.
Por último, en los transitorios se dispone que,
dentro de los 60 días naturales siguientes a la designación del Fiscal
Especializado, se establecerá una mesa de coordinación técnica con el Fiscal General
del Estado, la Secretaría de Hacienda, a través de la Oficialía Mayor, para el
traspaso de recursos financieros, humanos y materiales que faciliten la
operación inmediata de la citada fiscalía anticorrupción.
Comentarios
Publicar un comentario