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XXIII Ayuntamiento de Tijuana

Rechaza diputado Rodrigo Otáñez consulta popular para ampliación de mandato gubernamental


* Debe resolver ese tema la Suprema Corte de Justicia, sostiene el legislador del PBC
22/08/2019/Mexicali, B.C.- Luego de expresar su voto en contra de crear una comisión legislativa para organizar una consulta popular dirigida para votar la ampliación de mandato de la gubernatura, de 2 a 5 años, el diputado Rodrigo Aníbal Otáñez Licona sostuvo que ese tema debe resolverlo la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Además, acotó, el Artículo 73 Bis 7, de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Baja California, dice claramente que: “No podrán ser objeto de Consulta Popular la materia electoral; los ingresos, egresos o el régimen interno y de organización de la administración pública del Estado; la seguridad pública; los actos de expropiación o limitación a la propiedad particular; y los demás cuya realización sea obligatoria en los términos de la Ley”.
“Como se puede notar, en los renglones iniciales de este artículo legal: no puede realizarse consulta popular sobre temas electorales, o sea, el 2 de junio se votó por un gobernador de 2 años, y eso ya no tiene vuelta de hoja, no puede consultarse a la población sobre un proceso electoral; es asunto concluido”, explicó.
“Luego, prosiguió, no se puede someter a consulta popular el régimen interno y de organización de la administración pública del Estado, o sea, no puede estar a consulta si se amplía o se reduce un mandato constitucional”, advirtió.
“Esa es labor del Congreso; lo cual ya se hizo en el año 2014; la XXI Legislatura fue la que determinó la duración, por única vez, de los mandatos de los diversos cargos de elección popular de este año, y no hubo cambios a esa reforma constitucional antes de la contienda electoral pasada”, observó.
“Revertirlo, correspondía al Poder Legislativo, pero siempre y cuando lo hiciera antes de celebrarse el cumplimiento puntual de la reforma del 2014, para el empate de elecciones, en los términos que se indicó en los transitorios de nuestra Constitución local”, subrayó.
En ese orden de ideas, concluyó que, además de que la ley precisa que no puede realizarse la consulta a la famosa “Ley Bonilla”, “en el hipotético caso de que la realizaran, no es vinculante de la decisión que ya se emitió el pasado 2 de junio de este año, en que se votó para gobernador de 2 años”.

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