· Del Proceso Electoral Local Ordinario
2018-2019 en Baja California.
· El dictamen será remitido al Consejo General
para su valoración y aprobación en su caso.
MEXICALI, B. C. A MIÉRCOLES 17 DE JULIO DE
2019. – Tres curules para el
Partido Acción Nacional (PAN), dos para el de la Revolución Democrática (PRD) y
uno para Movimiento Ciudadano (MC), Revolucionario Institucional (PRI) y de
Baja California (PBC), respectivamente se asignaron en Sesión de Dictaminación de
la Comisión del Régimen de Partidos Políticos y Financiamiento del Instituto
Estatal Electoral de Baja California (IEEBC).
La Presidenta de la Comisión, Lorenza Gabriela Soberanes Eguía, dijo que se
asignaron ocho diputaciones por el principio de representación proporcional del
Proceso Electoral Local Ordinario 2018-2019 en Baja California que integrarán
la XXIII Legislatura del Congreso del Estado para el periodo Constitucional
2019-2021, mismas que quedaron integradas de la siguiente manera:
DIPUTACIONES POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN
PROPORCINAL QUE INTEGRARÁN LA XXIII LEGISLATURA DEL CONGRESO EL ESTADO DE
BAJA CALIFORNIA
|
||||
PARTIDO POLÍTICO
|
CARGO
|
NOMBRE
|
LISTA / PORCENTAJE
|
GÉNERO
|
PAN
|
PROPIETARIA
|
LORETO QUINTERO QUINTERO
|
LISTA
|
FEMENINO
|
SUPLENTE
|
LETICA CAMACHO GÓMEZ
|
FEMENINO
|
||
PROPIETARIA
|
EVA MARÍA VASQUEZ HERNÁNDEZ
|
PORCENTAJE
|
FEMENINO
|
|
SUPLENTE
|
MARÍA DEL CARMEN ARMENTA SANABIA
|
FEMENINO
|
||
PROPIETARIO
|
MIGUEL ÁNGEL BUJANDA RUIZ
|
LISTA
|
MASCULINO
|
|
SUPLENTE
|
JUAN RAMÓN LÓPEZ NARANJO
|
MASCULINO
|
||
PRD
|
PROPIETARIO
|
GERARDO LÓPEZ MONTEZ
|
PORCENTAJE
|
MASCULINO
|
SUPLENTE
|
VÍCTOR HUGO GUTIÉRREZ CASTRO
|
MASCULINO
|
||
PROPIETARIA
|
LETICIA PALOMAR VÁZQUEZ
|
LISTA
|
FEMENINO
|
|
SUPLENTE
|
BEATRIZ LÓPEZ HERNÁNDEZ
|
FEMENINO
|
||
MC
|
PROPIETARIO
|
ELÍ TOPETE ROBLES
|
LISTA
|
MASCULINO
|
SUPLENTE
|
ALVARO MAYORAL MIRANDA
|
MASCULINO
|
||
PRI
|
PROPIETARIO
|
DAVID RUVACABA FLORES
|
LISTA
|
MASCULINO
|
SUPLENTE
|
JAVIER ROBLES AGUIRRE
|
MASCULINO
|
||
PBC
|
PROPIETARIO
|
RODRIGO ANIBAL OTAÑEZ LICONA
|
PORCENTAJE
|
MASCULINO
|
SUPLENTE
|
JUAN CARLOS RÁBAGO REYNOSO
|
MASCULINO
|
La presidenta de la Comisión explicó que estos lugares se determinaron a
través de la suma de los resultados obtenidos de las votaciones en cada
elección, estableciendo que el cómputo de la elección de diputaciones por el principio de representación
proporcional deberá realizarse una vez resueltos todos los medios de
impugnación locales de la elección de diputaciones de mayoría relativa.
Respecto al cumplimiento del principio de paridad de género dijo que,
conforme a los porcentajes de votación obtenidos y el análisis de los límites a
la sobre y sub representación, la XXIII Legislatura del Congreso del Estado se conformara
con un total de diecisiete diputaciones electas por el principio de mayoría
relativa y ocho por el principio de representación proporcional, de las cuales
doce corresponden al género femenino y trece al género masculino, logrando con
ello una integración paritaria.
Sobre este tema, el Código de Buenas Prácticas en Materia Electoral de la
Comisión para la Democracia por el Derecho, se pronunció respecto a la forma en
cómo habría de concebirse la paridad de género, estableciendo que los Estados a
partir de su propio orden constitucional pueden adoptar reglas para garantizar
cierto equilibrio de ambos sexos en los órganos electos, o incluso la
representación paritaria.
De manera que, en el Estado de Baja California no resulta posible lograr
una conformación que integre el 50% de hombres y el 50% de mujeres, toda vez
que el Congreso del Estado se integra por un número impar, con un total de
veinticinco diputaciones, diecisiete electas por el principio de mayoría
relativa, y ocho que se eligen por el principio de representación proporcional,
por lo cual, necesariamente uno de los géneros tendrá un representante
más.
No obstante, resulta posible lograr una proporción entre ambos géneros, que
permita tener garantizado el derecho de las mujeres a la función pública en
condiciones equilibradas con el género masculino.
“Las acciones afirmativas deben ser en un sentido global, respecto a la
integración total del Poder Legislativo, no se puede ver de manera sesgada. La
paridad se está cumpliendo”, señaló la Presidenta de la Comisión.
Con base a lo anterior, Soberanes Eguía explicó que la Comisión a su cargo
procedió a efectuar el cómputo total de la elección de diputaciones por el
principio de representación proporcional. Asimismo, se declaró la legalidad y
validez de la elección de diputaciones por este principio del Proceso Electoral
Local Ordinario 2018-2019 en Baja California.
La Consejera destacó que las y los diputados asignados cumplen con los
requisitos de elegibilidad previstos en los artículos 17 y 18 de la Constitución
local.
Finalmente, informó que el dictamen en el que se
aprueba dicha designación, será remitido al Consejo General para su análisis,
discusión y, en su caso, aprobación en el Pleno.
Comentarios
Publicar un comentario