Libertad,
Tijuana, B.C., Abril 01 del 2019.-Empresas importadoras y
exportadoras en México se verán impactadas con los recientes cambios a las
Reglas Generales de Comercio Exterior que implican ciertas restricciones en
algunos casos y en otros se otorgan facilidades en sus operaciones ante la Aduana.
Así lo informó el Presidente
de TLC Asociados, Octavio de la Torre de Stéffano, quien realizó un análisis
sobres dichas modificaciones más importantes publicadas en el Diario Oficial de
la Federación.
Explicó que la Quinta
Modificación a las Reglas Generales de Comercio Exterior, contempla temas como
la prórroga hasta el 1 de julio del 2019 para los Anexos de la Manifestación de
Valor de las mercancías que se venía posponiendo desde el 2015.
Lo cual consiste en la
información y documentación que tendrán que entregar las empresas de comercio
exterior como los gastos de almacenaje, patentes, y licencias, entre otros
datos para realizar los trámites ante la Aduana.
Dentro de estos cambios a
las Reglas Generales de Comercio Exterior, se prevé que a partir del primero de
julio de 2019 las empresas exportadoras e importadoras tengan complicaciones en
sus operaciones al restringirse la utilización de los procedimientos de
pedimentos consolidados para mercancías sensibles sujetas a padrones
sectoriales.
Tales mercancías de
importación restringidas son el calzado, textil, productos siderúrgicos, y en
las operaciones de exportación son minerales, oro, plata, cobre y aluminio,
detalló Octavio de la Torre.
Dijo que los interesados
deben acreditar que las mercancías han sido retornadas al extranjero dentro del
plazo de permanencia, además de estar activos en el Programa IMMEX por 12
meses.
Sin embargo, se establecen
algunas excepciones siempre que los importadores o exportadores cumpla con sus
obligaciones fiscales, tengan registrados 100 trabajadores en el IMSS, además
de fungir como proveedor de una empresa certificada CIVA AAA o Industria
Automotriz, o bien, pertenecer a un grupo de empresas que tengan dicha
certificación CIVA AAA.
El presidente de TLC
Asociados añadió que adicionalmente, se establece una causal de suspensión a
quienes contravengan este procedimiento o no cumplan con las citadas
obligaciones.
Sobre el esquema de garantía
para empresas manufactureras IMMEX, Ricardo Méndez, quien es Director de
Consultoría de TLC Asociados, y autor del libro en la materia Compliance
Aduanero 360 Immex y Certificaciones, indicó que se modificó el texto para eliminar
la palabra podrá, por deberá. Hay que recordar que dicho esquema se trata de
una fianza para que las empresas puedan importar.
Como parte de los cambios
también se revisaron temas del Tratado Integral y Progresista de Asociación
Transpacífico por lo que se confirmó que quienes reimporten mercancías que
hayan sufrido procesos de reparación no tendrán que pagar impuestos.
En cuanto a la industria
automotriz se precisó que en las transferencias de unidades llamadas prototipos
se deberá acreditar la legal estancia con un contrato de comodato y del
pedimento de depósito fiscal.
Por otra parte, en
referencia a los Identificadores del Apéndice 8 del Anexo 22, se eliminó el
certificado de uso final C9 y en relación al TIPAT se adicionó la Lista de
Escaso Abasto, y Estado de
mercancías para el RM, así como el Complemento 2: TIP, dichas claves que habían
sido modificadas el pasado 28 de diciembre de 2018. Por lo que, si no declaran
correctamente, las empresas pueden ser acreedoras a multas.
Para mayor información sobre
este y otros temas de comercio exterior, el Presidente de TLC Asociados,
Octavio de la Torre de Stéffano, puso a disposición de los lectores la página
de internet www.tlcasociados.com.mx.
Comentarios
Publicar un comentario