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A partir del 1 de enero del 2018, todos están obligados a presentar su
declaración, desde el personal de mantenimiento, hasta el presidente
Libertad,
Tijuana, B.C., Marzo 24 del 2019.-Todos los funcionarios
públicos del XXII Ayuntamiento de Tijuana están obligados a presentar del 1
hasta el 31 de mayo, su declaración de modificación patrimonial, por lo que el
personal del Departamento de Situación Patrimonial adscrito a la Dirección de
Responsabilidades de la Sindicatura Procuradora, imparte una serie de cursos al
personal del municipio, relacionados a este tema.
La Síndico Procuradora, Ana
Marcela Guzmán Valverde resaltó que la finalidad de presentar la declaración de
modificación patrimonial es fomentar la transparencia de todos los funcionarios
públicos que laboran en el Ayuntamiento, pues declaran todo lo que ingresa y lo
que egresa, y se hace una revisión de las modificaciones y cómo fue el
patrimonio durante el tiempo que fungió como servidor público.
Indicó que quienes están
obligados a presentar la Modificación Patrimonial o la Declaración Anual, de no
cumplir por primera vez con dicho requisito serán acreedores a una amonestación
pública o privada.
Quienes reinciden con el
incumplimiento pueden ser suspendidos sin goce de sueldo por 1 o hasta 30 días
naturales, o en el caso de no estar trabajando, ser inhabilitados para
desempeñarse como servidores públicos por un lapso no menor a tres meses o
máximo de un año, además de que los servidores que no entregan su declaración
bajo orden expresa de la autoridad competente, pueden ser destituidos de su
cargo.
“A partir del 1 de enero del
2018, con la nueva Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Baja
California, todos, independientemente si eres de honorarios, tiempo u obra
determinados, o si eres de confianza, todos están obligados a presentar
la declaración, desde el personal de mantenimiento, hasta el presidente”,
aclaró.
Ana Marcela Guzmán destacó
que el propósito de impartir estos cursos es dar cumplimiento a las
obligaciones establecidas en los artículos 1, 32, 33, 34, 35 y 49 fracción IV
de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Baja California.
Ya que en dichos artículos
se establece el compromiso, por parte de la Sindicatura Procuradora, de brindar
un mejor servicio a los sujetos obligados en el llenado, aclaración de dudas y
recepción de sus declaraciones en tiempo y forma, de acuerdo a lo estipulado en
la ley de la materia.
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