Libertad,
Tijuana, B.C., Febrero 10 del 2019.-El abogado fiscalista Jorge
Alberto Pickett Corona informo, que la nación mexicana se ahorró una gran
cantidad de dinero del presupuesto a raíz que la Suprema Corte de Justicia de
la Nación (SCJN) consideró la solicitud de devolución de Impuesto al Valor
Agregado que interpuso Grupo Modelo, como improcedente.
Recordó que en días pasados,
el Presidente Andrés Manuel López Obrador y Grupo Modelo, intercambiaron una
serie de declaraciones a raíz de una solicitud de devolución de IVA, que la
empresa había realizado.
Dicha demanda, explicó, fue
un amparo en revisión promovido por Beatriz Sánchez Navarro Redo, ex accionista
del consorcio cervecero, en la cual la demandante solicitaba la devolución de
47,7 millones de pesos por concepto de impuestos cobrados indebidamente, por
concepto de Impuesto Sobre la Renta en el ejercicio 2013.
Especificó que el 16 de
enero del presente año, la Segunda Sala de la Corte decidió desechar el
proyecto del ministro Eduardo Medina, que proponía amparar a la empresa
quejosa, y cuyo efecto sería devolver el dinero reclamado.
El abogado fiscalista, puntualizó
que el caso aún no está terminado y tampoco hay una fecha estimada para que el
ministro Javier Laynez, a quien fue turnado el asunto, presente un nuevo
proyecto de sentencia que sea resuelto por los ministros en sesión pública.
Abundó que el caso data del
año 2013, y que de acuerdo al expediente, el Servicio de Administración
Tributaria retuvo a la hoy quejosa, la cantidad de 47 millones 722 mil 955
pesos, correspondientes al pago de Impuestos Sobre la Renta del ejercicio
fiscal 2013; para lo cual la afectada expuso que la retención era indebida ya
que se le estaba cobrando un impuesto sobre la enajenación de algunas de sus
acciones, esto, pese a que la Ley del Impuesto Sobre la Renta prevé algunas
excepciones.
Pickett Corona comentó que
el SAT negó dicha solicitud, pues argumento que si bien hizo la venta de
algunas acciones, ella es parte de un grupo de accionistas que enajenaron el
49.6 por ciento de las acciones del capital social de Grupo Modelo, razón por
la cual no encuadraba en los supuestos de excepción y por lo cual Sanchez
Navarro Redo impugno la negativa a su solicitud.
Precisó que el 7 de junio de
2017 el Tribunal Federal de Justicia Administrativa emitió sentencia, en la
cual confirmaba la validez de la resolución emitida por el SAT, en donde se
negaba la devolución del pago exigido.
Según el Tribunal, resaltó,
se alcanzó el primero y segundo supuesto de excepción a la exención
establecida por el artículo 109, fracción XXVI de la Ley del ISR, relativa a la
enajenación de más del 10 por ciento de las acciones del capital social, por lo
que la demandante no se encontraba exenta del pago de ISR.
Jorge Alberto Pickett
agregó la actora interpuso amparo en contra de la sentencia, en el cual el
Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito ratificó por
unanimidad de votos la sentencia recurrida, ejecutoria que fue impugnada por lo
que la Suprema Corte de Justicia de la Nación asumió el caso.
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