Libertad,
Tijuana, B.C., Enero 09 del 2019.-Más de 700 personas, en su
mayoría profesionales en contabilidad, administradores y gerentes de empresas,
recibieron capacitación sobre los cambios que se han dado en materia fiscal,
misma que fue promovida por el Colegio de Contadores Públicos de Baja
California (CCPB), con el objetivo de que contaran con información de primera
mano sobre las modificaciones que entrarán en vigor para este año.
El presidente del
organismo, C.P.C, Leonardo Méndez Cervantes, precisó que el curso Reforma
Fiscal 2019, fue impartido por el doctor Adolfo Solís Farías, el Lic. Clemente
J. Ranero Puig y el C.P.C. José Paul Hernández Cota, quienes también abordaron
lo relacionado a la aplicación del Decreto de estímulos fiscales para la
frontera norte.
“La finalidad de esta
capacitación es brindar un panorama más amplio sobre los cambios con los
que termina el 2018 y arranca año 2019”, resaltó
En su ponencia el abogado
fiscalista Adolfo Solís Farías indicó que las reglas que se publicaron son
benéficas y en el caso del IVA, van a aplicar a partir del 1 de enero de 2019,
por lo que quienes hayan expedido facturas con el 16%, tienen que cancelarlas y
volver a re facturar, o en su defecto, generar notas de créditos a los
contribuyentes que hayan tenido este cargo extra.
Dio a conocer que las
autoridades del SAT están brindando un periodo de cuatro meses para que los
contribuyentes puedan ponerse al corriente, y en el caso de las personas que van
a acogerse a este beneficio, ya no deben de emitir facturas con el 16%.
Puntualizó que los
requisitos para poder aplicar son distintos para el IVA como para el ISR, pues
para el primer impuesto la única condición que establece la norma, es que se
presente un aviso dentro de los 30 días y posteriormente llegaré acuse de
envío, con eso es suficiente para calificar, mientras que para el segundo, se
debe de presentar una solicitud.
Solís Farías, mencionó que
podrán gozar de la reducción del IVA al 8%, quienes realizan actos y
actividades gravadas como son enajenación de bienes, prestación de servicios
otorgamiento de uso y goce temporal, que es el caso de comercios, la cadena
productiva de servicios, arrendamiento, sin embargo precisó que los únicos
los que quedan fuera son quienes importan vienes de Estados Unidos.
Mientras tanto detalló que
quienes obtendrán el beneficio del ISR al 20% son las personas morales y
físicas con actividad empresarial que no estén exceptuados del artículo sexto
del Decreto, es decir aquellas que no hayan realizado operaciones simuladas,
no tengan decretos de condonación, ni créditos fiscales., entre
otros supuestos.
Planteó que en el caso de
las empresas maquiladoras, no podrán acceder el descuento del ISR porque tienen
facilidades administrativas y pagan menos impuestos que todos los
contribuyentes.
Por su parte el C.P.C. José
Paul Hernández Cota, y miembro de la comisión fiscal del CCPB, señaló que los
estímulos fiscales que se brindaron para la frontera se quedaron cortos y no
fueron para todos los sectores.
“Me quede decepcionado
del Decreto, pensé que iba a extender a más contribuyentes, son
demasiados requisitos, hay mucha vulnerabilidad del contribuyente para que
pueda salir automáticamente y éste tenga que pagar recargos y la actualización
del impuesto por el beneficio que aplicó y no debió ser aplicado”, abundó.
No obstante el profesionista
en contabilidad certificado, confió en que se vayan flexibilizando
algunas disposiciones, para que más contribuyentes tengan seguridad jurídica y
puedan aplicar estos beneficios.
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