Inicia
Instituto Electoral con las actuaciones tras la resolución del Tribunal de
Justicia Electoral
Libertad,
Mexicali, B.C., Enero 24 del 2019.-El Instituto Estatal
Electoral de Baja California (IEEBC) ha comenzado con las actuaciones
tendientes a dar cumplimiento a la sentencia emitida por el Tribunal de
Justicia Electoral de Baja California (TJEBC) el pasado 16 de enero del año en
curso.
En dicha resolución, se
revocó el Dictamen 1 de la Comisión de Participación Ciudadana y Educación
Cívica relativo a la verificación de los requisitos previstos en el Artículo 16
de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Baja California respecto a
la solicitud de plebiscito aprobada por el Consejo General del Instituto
Estatal Electoral de Baja California, el 30 de noviembre de 2018.
El Consejero Electoral y
Presidente de la Comisión de Participación Ciudadana y Educación Cívica, Abel
Alfredo Muñoz Pedraza, informó que el mismo 16 de enero se notificó al
Instituto la sentencia del TJEBC.
En ella, se señala que se
tenía el plazo de 3 días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia
para notificar a BC Tenedora Inmobiliaria, corriendo traslado con el escrito de
solicitud de plebiscito y de cada uno de los anexos, así como el informe de
verificación de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, para
que en el término de 5 días hábiles comparezca a manifestar lo que a su derecho
convenga.
Señaló que el lunes 21 de
enero se notificó a la empresa sobre la sentencia, por lo que comenzó a correr
su plazo de 5 días hábiles para que hicieran sus manifestaciones.
Posterior a ello, a partir
del 29 de enero comenzará a correr otro plazo de 5 días hábiles para que la
empresa acuda al Instituto a verificar los registros, donde este Órgano
Electoral implementará las medidas necesarias con el objetivo de garantizar la
integridad, confiabilidad, confidencialidad y disponibilidad de los datos
personales, mediante acciones que eviten su alteración, pérdida, transmisión y
acceso no autorizado.
Muñoz Pedraza explicó que,
tras estas actuaciones, en un plazo no mayor de 3 días hábiles, la Comisión
deberá de emitir un nuevo dictamen resolviendo lo que en derecho corresponda y,
de aprobarse por el Consejo General, establecer un plazo al Ejecutivo de 36
horas para que remita sus consideraciones.
Al hacer esto, se deberá
notificar al TJEBC dentro de las 24 horas siguientes, remitiendo las
constancias correspondientes, agregó el Consejero Electoral.
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