* Plantea
conceptualizar en la Ley los actos de violencia de género, por el uso de las
Tecnologías y plataformas de redes sociales
Mexicali,
B. C., 16 de enero de 2019.- Con el propósito de garantizar la privacidad y
legislar la violencia digital o también llamado ciberacoso que viven, de
acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) millones de
mujeres en México, la diputada Mónica Hernández A. “La Chula”, presentó
iniciativa de reforma al artículo 6 de la Ley de Acceso de Las Mujeres a una
Vida Libre de Violencia del Estado de Baja California, a fin de incorporar
dicho concepto, así como su descripción legal.
Mónica Hernández, durante su exposición de
motivos, explicó que de acuerdo a las dimensiones dadas a conocer por el INEGI,
hoy en día cada teléfono pude constituir un arma que se utiliza en contra de
las mujeres cuando se viola su intimidad, se daña su reputación, se difunden
masivamente imágenes o videos de carácter íntimo sin su consentimiento. “La
privacidad es un derecho que se encuentra protegido por la Constitución Federal
y en función a ello debemos actuar”, precisó.
“En sentido opuesto y ante las dimensiones
dadas a conocer por INEGI, hoy en día cada teléfono pude ser puede constituir
un arma que se utiliza en contra de las mujeres cuando se viola su intimidad,
se daña su reputación, se difunde masivamente imágenes o videos de carácter
íntimo sin su consentimiento. La privacidad también es un derecho que se
encuentra protegido por la Constitución Federal y en función a ello debemos
actuar”, insistió.
La propuesta presentada por la legisladora ante
el Pleno de esta Soberanía conceptualiza la Violencia Digital, “como aquellos
actos de violencia de género cometidos, instigados o agravados en parte o
totalmente, por el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación,
plataformas de redes sociales, sistemas de mensajería instantánea o correo
electrónico”.
Subrayó que hoy en día se expresan diversas
formas o modalidades de violencia como lo son: el acceso no autorizado
(intervención) a equipos de información; Control y manipulación de la
información; Suplantación y robo de identidad; Monitoreo y acecho; Expresiones
discriminatorias; Acoso; Amenazas; Difusión de información personal o íntima
sin consentimiento; Extorción y Desprestigio.
La presente iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia, para su análisis y aprobación en su caso.
La presente iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia, para su análisis y aprobación en su caso.
FRASE
“Ante las dimensiones
dadas a conocer por INEGI, hoy en día cada teléfono pude ser puede constituir
un arma que se utiliza en contra de las mujeres cuando se viola su intimidad,
se daña su reputación, se difunde masivamente imágenes o videos de carácter
íntimo sin su consentimiento. La privacidad también es un derecho que se
encuentra protegido por la Constitución Federal y en función a ello debemos actuar”.
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