*
Como Coordinador de la Fracción de Morena en el Congreso local, el diputado
Víctor Morán plantea un mecanismo de sufragio universal para la separación
definitiva de gobernador, alcaldes y legisladores locales
Libertad,
Tijuana, B.C., Julio 13 del 2018.-Para fortalecer la democracia
en Baja California, el diputado Víctor Manuel Morán Hernández, como Coordinador
de la Fracción Parlamentaria de Morena en el Congreso del Estado, propuso al
pleno de la XXII Legislatura darle “vida” a la revocación de mandato, en el
cuerpo de la actual Ley de Participación Ciudadana.
No obstante recibió la
iniciativa una aceptación unánime de las demás fuerzas parlamentarias, se turna
a comisiones para su perfeccionamiento, pues implica una reforma a la
Constitución Política del Estado, a varios apartados de la Ley de Participación
Ciudadana, incluyendo un Capítulo Sexto para instrumentar los mecanismos de
aplicación de esta herramienta democrática, y cambios a otras leyes
complementarias.
Víctor Morán plantea un
mecanismo de sufragio universal para la separación definitiva de gobernador,
alcaldes y diputados locales, antes de terminar sus mandatos, contemplándose
que la solicitud de revocación de mandato deberá presentarse con firmas y
copias adjuntas de las credenciales de elector de por lo menos el 2.5% de los
electores, ya sea del estado, del municipio o el distrito, dependiendo de a
quién se quiera destituir.
Además de citar en la
solicitud el nombre y cargo del servidor público al que se propone someter al
proceso de revocación de mandato, se debe precisar la causa o causas por las
que se hace esa petición, las razones y argumentos de su procedencia, así como
las pruebas que se sometan en su caso.
Serán causales para solicitar
la revocación de mandato de un funcionario de elección popular las siguientes:
I. Violar sistemáticamente los
derechos humanos;
II. Incumplir compromisos de
campaña, programas, proyectos, o acciones de gobierno propuestos en su
plataforma electoral, sin causa justificada, que por su naturaleza,
trascendencia o cantidad sean considerados graves;
III. Incumplir en la ejecución
de los programas, proyectos, o acciones de gobierno que le corresponda aplicar
o ejecutar, sin causa justificada;
IV. Encubrir a sus
subordinados cuando éstos incurran en actos de corrupción o de desacato a la
Constitución o la ley;
V. La manifiesta incapacidad
administrativa de las autoridades ejecutivas o en el desempeño de su encargo;
VI. Realizar u omitir actos
que provoquen desajustes presupuestales severos que afecten el erario;
VII. No ejecutar, manipular o
hacer uso ilegítimo de las decisiones de los ciudadanos, manifestadas a través
de los resultados de los mecanismos de participación social vinculantes
previstos en este Código; o
VI. La pérdida de confianza,
debidamente argumentada.
La revocación de mandato podrá
solicitarse y llevarse a cabo al cumplimiento de la mitad
del mandato para el que fue electo el funcionario público.
Una vez presentada la
solicitud ante el Instituto Electoral (IEEBC), éste debe verificar los datos y
compulsa de firmas de los formatos en los que se recabó el apoyo ciudadano,
dentro de los quince días naturales siguientes a su recepción.
En caso de invalidez de alguna
de las firmas, prevendrá a los peticionarios para que subsane los errores u
omisiones antes señalados en un plazo de quince días hábiles, contados a partir
de la notificación.
En caso de no subsanarse en el
plazo establecido, se tendrá por no presentada.
En los casos en que la
solicitud omita alguno de los requisitos establecido en esa Ley, el Instituto
Estatal Electoral requerirá al solicitante para que en un plazo, no mayor a
cinco días hábiles, cumpla con lo omitido, apercibiéndolo que de no cumplir, se
tendrá por no interpuesta la solicitud.
El contenido de la iniciativa
presentada por el diputado Víctor Morán Hernández es bastante explícito sobre
los procedimientos de la revocación de mandato, y es considerada urgente por el
partido Morena en el Congreso local, pues se fundamenta en los principios de la
soberanía popular, la representación y rendición de cuentas, a través de los
cuales el pueblo ejerce su soberanía.
Lamenta, sin embargo, que es
una de las figuras de participación electoral menos explorada por los regímenes
democráticos de todo el mundo; y no obstante que ya se está explorando en
algunos estados de nuestro país, se pretende que Baja California, como en otras
ocasiones, demuestre ser punta de lanza en mejoras legislativas democráticas.
Comentarios
Publicar un comentario