Definen plazos a la Sagarpa para resolver nuevas solicitudes de permisos a fin de explotar recursos marinos
Libertad,
Ciudad de México, Abril 24 del 2018.-El Pleno cameral aprobó en
lo general y en lo particular, con 331 votos a favor y 18 en contra, reformas
al artículo 45 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable, para
establecer los plazos en que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo
Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) resolverá las nuevas solicitudes de
concesiones o permisos para explotar los recursos marinos.
La respuesta no excederá de
60 días hábiles desde la fecha de presentación de la solicitud, estando
debidamente integrado el expediente, señala una modificación al dictamen
propuesta por la Comisión de Pesca y que avaló la Asamblea.
Hace una excepción: en el
caso de concesiones, dicho plazo podrá ampliarse por otros 60 días hábiles
cuando se requiera por las características del proyecto, en los supuestos y
términos que establezca el Reglamento.
Plantea que en caso de que
se hubiera presentado la información o documentación incompleta, la Sagarpa
requerirá por escrito y por única vez a los solicitantes, que la integren, en
un plazo no mayor de 15 días hábiles, suspendiéndose el término que restare
para concluir el procedimiento. Especifica que si la autoridad omite dar a
conocer al promovente la resolución a su solicitud, se considerará que ha
resuelto negar lo solicitado.
El documento precisa que a
petición del interesado, se deberá expedir constancia de tal circunstancia
dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se debería emitir
la resolución de la solicitud respectiva, de conformidad con la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo.
La reforma establece: en la
renovación de permisos y concesiones por primera vez, la Sagarpa resolverá
dentro de un plazo que no excederá de 120 días hábiles desde su fecha de
presentación y estando debidamente integrado el expediente. En caso de que la
autoridad omita dar a conocer al permisionario la resolución a su solicitud, se
considerará como afirmativa ficta (resuelve en sentido afirmativo) ante lo
solicitado, con la finalidad de agilizar los trámites a los pescadores.
Establece que la falta de
resolución a la solicitud podrá implicar responsabilidades a los servidores
públicos, a quienes competa tal resolución, conforme a lo dispuesto en las
leyes aplicables.
El dictamen, turnado al
Senado de la República para sus efectos constitucionales, destaca que estas
medidas tienen el propósito de que las pesquerías sean aprovechadas
sustentablemente, para lo cual ha sido necesario un esfuerzo conjunto entre
productores, investigadores, autoridades y legisladores, que adapte el marco
jurídico con la realidad ambiental, económica y social de los recursos
pesqueros.
Resalta que debe tenerse
presente que los recursos pesqueros son riqueza pública y que la Federación
debe velar por su cuidado y reparto equitativo, buscando que se conserve a
través del tiempo para mejorar la dieta y calidad de vida de los mexicanos.
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