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Además, avala establecer fiscalías autónomas en los estados y que el Congreso
expida la Ley General de Extinción de Dominio
Libertad, Ciudad de México,
Abril 25 del 2018.-La Comisión de Puntos Constitucionales
aprobó, por unanimidad, ocho dictámenes para eliminar el arraigo; facultar al
Congreso para construir una Ley General de Extinción de Dominio; establecer
fiscalías autónomas en las entidades federativas, y elevar a rango
constitucional la educación especial, la pesca y la acuacultura.
La instancia legislativa
avaló reformas al artículo 16, párrafo octavo, de la Carta Magna para anular el
arraigo como medida cautelar, figura que aplica algunas restricciones cuando
una persona es investigada, con el fin de evitar que se sustraiga de la
justicia y no se entorpezca el proceso.
El presidente de la
instancia legislativa, diputado Daniel Ordoñez Hernández (PRD), explicó que
esta figura evolucionó de manera negativa en México y a la fecha se usa como un
método de investigación. Su derogación, comentó, responde a las demandas de la
sociedad y cumple con las recomendaciones de organismos internacionales, como
el Alto Comisionado de Naciones Unidas, y con las resoluciones de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, que se había manifestado en contra.
Explicó que con ese
mecanismo primero se arraiga a una persona y luego se inicia la investigación,
incluso, a veces, sin tener ni siquiera los elementos de prueba para retenerla.
“Esto generó el rechazo y el reclamo de organismos, incluso internacionales,
que han suscrito acuerdos con nuestro país, pidiendo que revisáramos y
elimináramos esta figura, que se contrapone con nuestro sistema de justicia,
viola el principio de inocencia y de presunción de inocencia”.
El diputado Arturo Huicochea
Alanís (PRI) consideró de gran transcendencia esta reforma constitucional,
porque obliga a los tres ámbitos de gobierno y a los tres Poderes a hacer mejor
su trabajo, para que se profesionalicen y capaciten las corporaciones policiacas,
y que las autoridades municipales mejoren la prevención del delito.
“Al eliminar el arraigo no
se desarma al poder público. Se abate la posibilidad de tortura, casi hasta
eliminarla, y el espacio para la desaparición forzada de personas. Estamos
cambiando la forma de hacer las cosas. De hacerlas mal, aunque con un buen
propósito y pésimos resultados, a realizarlas de manera correcta con buenos
resultados y satisfacción, para restablecer la confianza entre autoridades y
ciudadanos”.
El diputado Víctor Manuel
Sánchez Orozco (MC) destacó que al eliminarse el arraigo las instituciones
policiales tendrán que profesionalizarse, de acuerdo con el nuevo marco
jurídico del sistema de justicia penal. Esta reforma plantea acceder a la
tecnología, para que sean más eficaces las instituciones de seguridad pública y
procuración de justicia.
“Se utilizará la
inteligencia en los sistemas de investigación a nivel nacional, a fin de
trabajar la información de manera científica para combatir la delincuencia, la cual
gana la lucha a las instituciones federales y locales de seguridad y
procuración de justicia”, manifestó.
Policías que demuestren
despido injustificado podrán ser reincorporados a su puesto
También se avaló un dictamen
que reforma el artículo 123, Apartado B, fracción XIII, de la Constitución,
para establecer que los agentes del Ministerio Público, peritos y miembros de
las instituciones policiales de la Federación, estados y municipios, que sean
separados de sus cargos y demuestren en juicio su inocencia o que fueron
despedidos injustificadamente, puedan ser reinstalados.
Se precisa que la
reincorporación no procederá cuando el servidor público haya sido condenado y
sentenciado de forma irrevocable por delito doloso.
El diputado Sánchez Orozco
(MC) señaló que la reforma es un primer paso para revindicar los derechos de
los policías, ministerios públicos y peritos, y no violentar sus derechos
humanos.
Explicó que se pone un
candado para que no se pueda reincorporar a ningún servidor público, en el caso
de que hayan sido condenados por sentencia irrevocable por un delito doloso. En
los demás casos, sí puedan tener este derecho a la reincorporación cuando en un
juicio acrediten su inocencia a un despido injustificado.
Operaciones con recursos de
procedencia ilícita y extinción de dominio
Se aprobó el dictamen que
reforma el primer párrafo del inciso a), el inciso c) y adiciona un inciso d)
de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política, a fin de
facultar al Congreso de la Unión para expedir una ley general que establezca,
como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en materia de operaciones con
recursos de procedencia ilícita, así como una legislación única en materia de
extinción de dominio, que regirá́ en la República en el orden federal y en el
fuero común.
El documento menciona que
una política exitosa de recuperación de activos y de extinción de dominio
generará numerosos beneficios. Envía el mensaje de que el crimen no es una
opción para nadie, se reducirán los niveles de impunidad y se obtendrán recursos
para apoyar a instituciones de salud y seguridad, y apoyará de manera eficaz a
víctimas del delito. “Se podrá remontar la crisis de inseguridad que se vive en
diversas regiones del país”, sostiene.
“Tenemos la oportunidad de
construir un marco jurídico general para la figura de extinción de dominio,
similar al de secuestro, otorgando a las entidades federativas un esquema para
combatir los recursos de procedencia ilícita, independientemente del monto que
impliquen, a través de un mecanismo homologado a nivel nacional y que tenga
énfasis en la prevención, detección e intercambio de información, así́ como los
mecanismos de persecución y de imputación por parte de los fiscales locales y
federales que permitan aumentar de manera significativa los procesos penales
correspondientes”, explica.
Incluir educación especial
De igual modo, se acordó
adicionar las fracciones V y VI del artículo 3 de la Constitución Política, con
el objetivo de considerar como una de las prioridades del Sistema Educativo
Nacional a la enseñanza especial, y con ello asegurar a todos pleno e igual
acceso a la instrucción, así como armonizar la Carta Magna con la legislación
secundaria.
La reforma permitirá que estudiantes
con necesidades educativas especiales, con o sin discapacidad, accedan al mismo
tipo de experiencias que el resto de la comunidad; se incluya orientación a
padres o tutores, maestros y personal de las escuelas que integren a alumnos
con estas necesidades, tal como lo establecen diversos instrumentos
internacionales en dicha materia.
En México se han realizado
esfuerzos importantes en favor de la educación especial, al establecer planes,
programas y políticas encaminadas a ello, que se han visto reflejados en
diversas normas como la legislación secundaria. De ahí la necesidad de
establecer una amplia protección al establecer en la ley fundamental en el
Sistema Educativo Mexicano a la educación especial, a fin de asegurar a todos
pleno e igual acceso a la enseñanza sin distinción de raza, sexo ni condición
social económica alguna.
Fiscalías Locales
La Comisión avaló el
dictamen que reforma los artículos 102 y 116 de la Carta Magna, para establecer
las bases que permitan a las entidades federativas, contar con Fiscalías
Locales como órganos públicos autónomos, dotados de personalidad jurídica y
patrimonio propio, con el fin de lograr legalidad, transparencia, imparcialidad
y aplicación estricta del derecho en la función de investigación y persecución
de delitos.
Esta reforma permite que la
procuración de justicia y el actuar de cada fiscal estatal, este regido por
principios de autonomía, eficiencia, imparcialidad, legalidad, objetividad,
profesionalismo, responsabilidad y respeto a los derechos humanos, y que su
designación no obedezca a ningún tipo de interés público o privado.
Se precisan reglas claras
para el nombramiento de sus titulares, y los procesos de designación, siendo
que los actuales titulares en funciones a la entrada en vigor de la reforma,
puedan ser considerados en las ternas a ser votadas en el congreso local.
Fomentar actividades
acuícolas y pesqueras
Otro dictamen modifica el
tercer párrafo y la fracción XX del artículo 27 de la Carta Magna, con la
intención de fomentar actividades acuícolas y pesqueras, dada su importancia
estratégica para impulsar el desarrollo rural integral, la soberanía
alimentaria y la seguridad nacional, y su notable contribución a la salud, al
empleo y al desarrollo regional en beneficio de la población mexicana.
El documento considera de
vital importancia reconocer la actividad acuícola y todos sus procesos como
resultado de una actividad primaria, pues la producción de granos y
oleaginosas, frutas y vegetales, plantas y flores, acuacultura y pesca,
explotación de ganado, leche y huevo, entre otros bienes, conforman la
producción primaria.
Argumenta que las
previsiones de la FAO, respecto a que el consumo de pescado per cápita
aumentará en todos los continentes, y Asia, Oceanía y América Latina y el
Caribe mostrarán el crecimiento más rápido. Se prevé que las mayores
ampliaciones se produzcan en Brasil, Perú, Chile, China y México. Por tanto, su
reconocimiento en la Carta Magna debe ser pleno, pues más allá de la pesca
artesanal y tradicional que se da en el mar, la acuacultura representa una
alternativa real para ampliar la oferta alimentaria en el país.
Estado Mexicano reconoce
idioma español y lenguas indígenas como nacionales
Asimismo, el Pleno de esta
Comisión aprobó un dictamen para adicionar un tercer párrafo al Artículo 2° de
la Constitución, en el que el Estado Mexicano reconoce el idioma español y las
lenguas indígenas como nacionales, las cuales forman parte del patrimonio
cultural intangible de la nación, por lo que las leyes establecerán su
promoción, estudio y preservación.
Con esta reforma se logra el
reconocimiento elemental en la Constitución de un derecho fundamental, pues “si
bien la Ley de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas ya lo establece,
es un derecho que ahora, con esta adición queda dentro de las garantías
individuales de todos los pueblos que aún conservan sus lenguas”.
El dictamen refiere que el
reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas no ha sido fácil, pues
esas comunidades “han sido atropelladas desde la conquista”, pero han
conservado sus tradiciones, costumbres y lenguas, formas de expresión genuina,
original y auténtica, “fundamental para defenderse de la invasión ideológica de
la cultura occidental”.
Justicia constitucional
local
Asimismo, se avaló adicionar
los párrafos del séptimo al onceavo, a la fracción tercera en el artículo 116,
y los párrafos del cuarto al octavo a la fracción cuarta del Apartado A del 122
de la Carta Magna, en materia de justicia constitucional local.
El diputado del PRI, Braulio
Guerra Urbiola, sostuvo que con esta reforma las entidades federativas
incorporarán un organismo o los mecanismos que consideren y contemplen el
control constitucional respecto a las constituciones locales. “Se busca que los
Tribunales Superiores de Justicia o en un organismo establezcan los controles
de constitucionalidad y de protección a los derechos humanos”.
Con ello, aseguró, se
establece un precedente progresista para que en las entidades federativas
surjan nuevas instituciones que tengan no solamente intenciones, sino
garanticen los derechos humanos, que es un déficit que se tiene respecto al
funcionamiento de las constituciones locales y de los Tribunales Superiores de
Justicia.
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