Libertad,
Ciudad de México, Abril 26 del 2018.-El Pleno de los diputados
avaló, con 309 votos, cambios a la Ley General del Equilibrio Ecológico y
Protección al Ambiente en materia de contaminación lumínica.
El dictamen que pasó al
Senado de la República para sus efectos Constitucionales, detalla que “la
contaminación lumínica es el resplandor luminoso en ambientes nocturnos o
brillo producido por la difusión y reflexión de la luz en los gases, aerosoles
y partículas en suspensión en la atmósfera, que altera las condiciones
naturales de luminosidad en horas nocturnas y dificultan las observaciones
astronómicas de los objetos celestes, debido a la luz intrusa”.
Para lograr la prevención,
reducción y control de la contaminación lumínica en la atmósfera, propone
promover la eficiencia energética, a través de un uso eficaz del alumbrado
exterior, sin menoscabo de la seguridad que debe proporcionar a los peatones,
los vehículos y las propiedades.
Asimismo, preservar al
máximo posible las condiciones naturales de las horas nocturnas en beneficio de
la fauna, flora y los ecosistemas en general; prevenir, minimizar y corregir
los efectos de la contaminación lumínica en el cielo nocturno, y en particular
en el entorno de los observatorios astronómicos que trabajan dentro del
espectro visible.
El documento establece
reducir la intrusión lumínica en zonas distintas a las que se pretende
iluminar, principalmente en entornos naturales e interior de edificios.
Cita que para controlar,
reducir o evitar la contaminación de la atmósfera, la Secretaría del Medio
Ambiente y Recursos Naturales en coordinación con la de Energía, expedirán las
normas oficiales mexicanas que establezcan y certifiquen los niveles máximos
permisibles de la luz artificial en el medio ambiente, incluido el impacto de
la luz intrusa, que causen contaminación lumínica.
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