* Con el fin de adecuarlo a las funciones que reforma
el Servicio Profesional de Carrera del Instituto Nacional Electoral
LIBERTAD, MEXICALI, 09-03-2017.-Aprueba Consejo General ajustes al "Reglamento Interior del Instituto
Estatal Electoral de Baja California" en cumplimiento al artículo
transitorio Quinto del Estatuto del Servicio Profesional Electoral.
En los trabajos de la IV Sesión Extraordinaria del Instituto Electoral,
la Consejera Electoral y Presidenta de la Comisión de Reglamentos y Asuntos
Jurídicos, Graciela Amezola Canseco, presentó el Dictamen número Veintisiete,
quien explicó que se propone la reforma al Reglamento Interior a fin de
adecuarlo a las funciones y atribuciones que establece el Servicio Profesional
de Carrera del Instituto Nacional Electoral.
Abundó que la selección, ingreso, capacitación, profesionalización,
promoción, evaluación, rotación, permanencia y disciplina de los servidores
públicos en el Servicio Profesional Electoral Nacional, será en los términos en
que se regule por el Instituto Nacional Electoral.
La Consejera Electoral informó que las entidades federativas y los OPLES
deberán de ajustar su normativa y demás disposiciones aplicables, conforme a lo
establecido en el Estatuto en el ámbito de sus respectivas competencias. En el
caso de las entidades federativas a más tardar sesenta días hábiles después de
la publicación del Estatuto y en el caso de los Institutos noventa días hábiles
posteriores a la aprobación de la Convocatoria del proceso de incorporación al
Servicio que les aplique.
Por unanimidad el Consejo General aprobó las reformas a los artículos
2,23,35,46,48,50,51,57,59 al 63, así como la adición de los artículos 35 y 67
del Reglamento Interior del Instituto Estatal Electoral de Baja California, en
cuanto a la incorporación de funciones y distribución de competencias que
permitan el funcionamiento óptimo del Organismo.
Las reforma al Reglamento Interior del Instituto entrarán en vigor al
día siguiente de su aprobación, con excepción de las relativas a los cargos que
se incorporan al Servicio Profesional hasta en tanto concluya el proceso de
incorporación al mismo.
Se instruyó al Departamento de Administración para que en un plazo de 30
días naturales formule ante el Consejo General una propuesta de estructura
administrativa que resulte funcional para el cumplimiento de las nuevas
obligaciones que el Estatuto del Servicio Profesional impone al Instituto
Electoral, así como la elaboración de un tabulador de sueldos del personal del
Servicio que se incorporará al SPEN.
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