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XXIII Ayuntamiento de Tijuana

Aprueban adecuar la Ley del Régimen Municipal con la constitución local, respecto al Síndico social

* La reforma fue presentada hoy por el Dip. Raúl Castañeda y aprobada en el Pleno con dispensa de trámite
* No se hizo la adecuación que procedía con una reforma realizada al artículo 79 de la Constitución del Estado, donde es eliminada dicha figura
* Subrayó su urgencia para que el Síndico Procurador tenga la herramienta jurídica para velar por las demandas ciudadanas de una manera eficaz


LIBERTAD, MEXICALI, 20-12-2016.-El Pleno del Congreso del Estado aprobó, con dispensa de trámite, una iniciativa presentada por el diputado Raúl Castañeda Pomposo (PAN), mediante la cual se elimina la figura del Síndico Social de la Ley de Régimen Municipal; lo anterior es una adecuación a una reforma al artículo 79 de la Constitución local que entró en vigor el primero de diciembre de este año. En su exposición de motivos, el legislador panista informó a la asamblea que el 12 de junio de 2015 fue publicada en el Periódico Oficial del Estado, una reforma al referido artículo (en éste se establece cómo deben integrarse los Ayuntamientos) y por la que se elimina la figura del Síndico Social, pero que entraba en vigor el primero de diciembre de 2016. Por lo antes mencionado, Castañeda Pomposo subrayó que “resulta imperioso realizar la tarea legislativa correspondiente, tendiente a que el texto de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California concuerde con la Constitución local, adecuando la redacción del artículo 8, derogando el artículo 8 BIS de la citada Ley, que aún prevé la figura del Síndico Social, así como eliminar del texto del artículo 9 dicha figura”. Mediante esta reforma aprobada por la Asamblea Legislativa a la Ley de Régimen Municipal, se le transfieren las atribuciones que tenía el Síndico Social al Síndico Procurador de cada Ayuntamiento, mismas que son: participar en la formulación y vigilancia de la ejecución de los programas municipales de desarrollo social, y en los programas y políticas públicas en materia de desarrollo social que se realicen en el ámbito de su competencia, vigilando que se hagan públicos sus resultados. Asimismo, proponer mecanismos de inclusión de participación social en los programas y acciones de desarrollo social; recibir y dar trámite a las quejas contra servidores públicos o con relación a los servicios prestados por el ayuntamiento; instrumentar y operar un sistema de comunicación con la población en general, con relación a la prestación de servicios municipales, así como instrumentar mecanismos para que la ciudadanía participe en la vigilancia de obras públicas y programas estratégicos del Ayuntamiento. El presidente de la Mesa Directiva y de la Comisión de Fortalecimiento Municipal explicó a sus pares que mediante esta iniciativa, las funciones del Síndico Procurador ya no se verán coartadas y limitadas, por lo que dicho funcionario tendrá la facultad de velar por las demandas ciudadanas de manera eficiente y oportuna.

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