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Propone que Síndicos y Titulares de los Órganos de Control de Entidades
fiscalizadas, publiquen sus informes en portales electrónicos y los actualicen
cada mes
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Que se ponga al alcance de ciudadanía, seguimiento a observaciones detectadas
en el proceso de revisión y fiscalización de cuentas públicas
LIBERTAD,
MEXICALI, SEPTIEMBRE-1-2016.-En la efectividad de la
fiscalización de los recursos públicos, es donde radican las bases para que la
ciudadanía exija que los servidores públicos rindan cuentas de los dineros
manejados y de los resultados de su actuación, indicó el Coordinador del Grupo
Parlamentario del PRI, diputado David Ruvalcaba Flores.
Así lo mencionó al
presentar ante el pleno del Congreso, una iniciativa que adiciona la Ley de
Fiscalización Superior de los Recursos Públicos para el Estado de Baja
California y sus Municipios.
En su exposición de
motivos, resaltó que la labor fiscalizadora además de ser inherente a la
gestión pública financiera, es parte indispensable de un sistema regulador en
el que se debe señalar oportunamente las desviaciones normativas y las
violaciones a los principios de legalidad, eficiencia, eficacia y economía en
la gestión gubernamental.
Por ello, dijo que uno
de los grandes retos para cualquier Estado democrático y moderno es el orientar
en gran manera, sus recursos y esfuerzos para prevenir prácticas de corrupción
e impunidad, y lograr una mejora continua de procesos administrativos y
servicios públicos, a través de la detección de áreas de oportunidad.
Con la reforma que
adiciona un segundo párrafo al artículo 64 de la Ley de Fiscalización Superior
de los Recursos Públicos para el Estado, la intensión del legislador es que los
Síndicos y Titulares de los Órganos de Control de las Entidades fiscalizadas,
deban publicar en los respectivos portales electrónicos, sus informes señalados
en la ley, así como de actualizarlos cada 30 días.
De esta forma, David
Ruvalcaba propone que se ponga al alcance de los ciudadanos, en un término
menor, la información del seguimiento que se le haya dado a las
observaciones detectadas en el proceso de revisión y fiscalización de las
cuentas públicas.
En su exposición de
motivos, resaltó que por mandato constitucional, es facultad del
Congreso local, revisar, analizar y auditar las cuentas anuales de
las entidades fiscalizables, y dictaminar la aprobación o no aprobación de las
mismas.
Agregó que esta labor,
es realizada por medio del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Baja
California, el cual cuenta con atribuciones para fiscalizar la administración,
manejo, custodia y aplicación de fondos, subsidios y recursos de cualquier entidad
que manejen recursos de origen público.
En ese sentido, el
Congreso del Estado debe auditar las actividades gubernamentales, sus
autoridades administrativas y las diversas instancias subordinadas. Su alcance
incluye a todas las entidades integrantes de los Poderes Ejecutivo,
Legislativo, Judicial y Municipios, así como los Órganos Constitucionalmente
Autónomos y cualquier persona moral o física que gestione u utilice recursos
públicos, concluyó.
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