LIBERTAD, MEXICALI, MAYO/19/2016.- El Gobierno del Estado, a través de la Secretaría del Trabajo y
Previsión Social (STPS), brinda asesoría a empresarios de la entidad,
informándoles sobre las condiciones legales que deben prevalecer para la
contratación de menores en sus centros de trabajo, esto, para garantizar los
derechos de los mismos en aspectos jurídicos-laborales y de protección social.
Al respecto, la
Dirección de Inspección del Trabajo de la STPS informó que dentro de las
visitas que se realiza a las empresas, se busca sensibilizar a los patrones
sobre la contratación de menores, indicándoles que está prohibido contratar
menores de 15 años, así como, emplear a mayores de 15 años y menores de 18 que
no cuenten con educación básica obligatoria (Educación Media Superior).
Esto en relación
al artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en
donde su apartado “A”, fracción III, prohíbe la utilización del trabajo de
menores de 15 años. Así como también, en la Ley Federal del Trabajo en sus
artículos 22 y 22 Bis, establece dicha prohibición, a excepción de los casos en
donde la autoridad dictamine compatibilidad entre los estudios y trabajo.
Además, se les
recuerda que es necesaria la autorización por parte de la dependencia estatal
para este tipo de contrataciones, para solicitar dicha carta es indispensable
acudir a las oficinas de la STPS y presentar:
· Acta de nacimiento
original y copia del menor.
· CURP.
· Comprobante de
domicilio.
· Comprobante de
estudios, acreditar haber cursado su educación básica obligatoria o estarla
cursando.
· Certificado médico expedido por una institución de salud pública de Gobierno.
· Escrito de la empresa donde el menor prestará sus servicios indicando, nombre del menor, función a desempeñar, jornada de trabajo, horario y sueldo.
· Certificado médico expedido por una institución de salud pública de Gobierno.
· Escrito de la empresa donde el menor prestará sus servicios indicando, nombre del menor, función a desempeñar, jornada de trabajo, horario y sueldo.
Cabe señalar, que
los jóvenes de 15 años tienen que acudir a las oficinas de esta dependencia
acompañados por su padre o tutor, quienes deben presentar original y copia de
una identificación oficial con fotografía, para concluir con este trámite.
Asimismo, la STPS
da seguimiento a cada una de las cartas emitidas, realizando visitas a las
empresas en donde laboran los menores para constatar que se cumplan con todas
las condiciones estipuladas para salvaguardar la integridad física y moral de
cada uno de ellos.
Finalmente, las
personas que presenten alguna duda o necesiten mayores informes, se les invita
a acudir a las oficinas de la STPS ubicadas en Mexicali en el bulevar Benito
Juárez 1298-B, Plaza Fimbres, o al teléfono (686) 904-5500; en Tijuana, bulevar
Díaz Ordaz, Plaza Patria, teléfono (664) 681-5952; Ensenada, Gobierno del
Estado en carretera Transpeninsular Ensenada-La Paz, teléfono (665) 172-3000 y
en San Quintín en el Centro de Gobierno de esa localidad, o al número (616)
165-2464.
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