* Paseos del Pacífico, el primero de 66 que
será incorporado de la inmobiliaria Viveica
TIJUANA.-
Luego de que durante más de 7 administraciones públicas municipales hay decenas
y decenas de fraccionamientos sin entregarse al Municipio, y luego de varias
gestiones e iniciativas reglamentarias, el Regidor Martín Plascencia Ávila
presidió hace unos días la histórica sesión donde se aprueba por primera vez,
en 22 años, la entrega del primero de 66 fraccionamientos en lista de espera.
El Presidente
de la Comisión de Desarrollo Urbano, Obras y Servicios Públicos, Martín
Plascencia, logró en Sesión de su Comisión, el punto de acuerdo de la recepción
del Fraccionamiento Paseos del Pacifico.
Algo
histórico porque será subido a cabildo y entonces el Ayuntamiento proveerá los
servicios al mismo.
Este es el
primer paso de esta primera etapa que consistirá en la revisión de 66
fraccionamientos, por ello decimos que es un hecho histórico, debido a que
pasaron más de 22 años para que se diera este gran paso.
En el caso
de Paseos del Pacífico, es el primero de los de la inmobiliaria Viveica, y se
incorporarán muchos otros de otras fraccionadoras, como son de URBI y GEO.
Es
importante destacar que el Reglamento de Acciones de Urbanización, precisa en
sus artículo 17 que “No se permitirá la creación de fraccionamientos en el
Municipio sin tener la seguridad de que puedan dotarse de los servicios
públicos indispensables, tales como una comunicación adecuada, abastecimientos
permanentes de agua potable, drenaje y energía eléctrica, satisfacerse
plenamente las necesidades del equipamiento urbano que se requiera, dar
solución satisfactoria a la recolección y disposición de los residuos sólidos y
el tratamiento de las aguas residuales sin atentar contra el medio ambiente, y
ser autosuficiente en el mantenimiento y operación de todo ello; y su
autorización únicamente conlleva la obligación por parte de la autoridad de
declarar el área desarrollada como suelo urbanizado”.
En el
artículo 18 dice que “No se permitirá en los fraccionamientos habitacionales,
instalaciones o usos peligrosos que impliquen riesgos conforme al Reglamento de
Zonificación y Usos de Suelo del Centro de Población de Tijuana, B.C”.
Y en el
artículo 139, acerca de las incorporaciones al Municipio, declara: “El acuerdo de
incorporación o de reincorporación municipal conlleva la obligación de la
autoridad de: I. Recibir las obras de urbanización e instalaciones, para alojar
elementos de los servicios públicos tales como: vialidades, servidumbres de
paso, parques y jardines, alumbrado público, señalamiento vial, infraestructura
pluvial; y equipamiento y mobiliario urbano; una vez que se cumpla lo
estipulado en la autorización respectiva; II. Prestar los servicios públicos
municipales, y III.
Declarar el área desarrollada como suelo urbanizado”.
Asimismo, en el artículo 141 se precisan las
condiciones que deben reunirse para dicha incorporación o reincorporación de
los Fraccionamientos al Municipio, en tanto que los artículos 142, 143 y 144
detallan los procedimientos para hacerlo efectivo, y en el caso de Paseos del
Pacífico ya están solamente para el acto formal de decreto de Cabildo, y su
publicación en el Periódico Oficial del Estado (POE).
También llevan avanzados los procedimientos
de los otros 66 Fraccionamientos.
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